Antes de entrar a hablar de las clases de procesos que maneja nuestro Derecho Civil, es pertinente aclarar inicialmente a que un proceso contencioso se da cuando dos partes no se ponen de acuerdo frente a determinado tema o situación, por lo cual surge un enfrentamiento o un choque en sus posiciones, el cual debe ser decidido por la vía jurisdiccional. en estos procesos contenciosos encontramos las siguientes clases de procesos:
- Procesos declarativos: en esta clase de procesos el juez debe hacer un pronunciamiento para declarar un derecho sobre el cual no se tiene certeza. Dentro de este tipo de procesos encontramos: Los meros declarativos para el reconocimiento de un derecho que ya existía, eje: un proceso de deslinde y amojonamiento; procesos constitutivos, que exige un pronunciamiento del juez para que constituya un derecho a favor de alguien que no lo tenía, eje: un reivindicatorio; los de condena, en los cuales se impone una carga a alguien con ocasión de una conducta, eje: un proceso por responsabilidad civil extracontractual.
- Procesos ejecutivos: Esta clase de procesos tienen como objeto la ejecución de una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del demandante.
- Procesos liquidatarios: Esta clase de procesos tiene por objeto que se liquide lo que no está claro, que está confuso; también aplica para el caso del fallecimiento de una persona para la liquidación de los bienes que éste dejó a sus herederos (sucesión), o en el caso de la liquidación de una sociedad, como es el caso de la liquidación de una sociedad conyugal por divorcio o separación de bienes.